El día ha llegado. Desde el lunes 21 de marzo la renovada Ley de Tráfico entra en vigor y con ella todas las nuevas normas... y sus correspondientes multas. Las normas que habrá que atender a partir de ahora afectarán, además de a conductores de coches y motos, a los usuarios de patinetes y bicicletas.
Una de las acciones que castigará con mayor dureza la nueva Ley de Tráfico es la de manipular el móvil. Y decimos manipular porque incluso eso, coger el móvil con la mano estará castigado. Independientemente de si estás o no hablado o escribiendo un mensaje.
Sujetar el móvil con la mano mientras conduces restará seis puntos en el carnet, el doble de lo que suponía hasta ahora. Donde no hay cambios, eso si, es en la cuantía económica de la multa, que se mantiene en los 200 euros.
El castigo por no llevar puesto el cinturón, el casco y otros elementos de seguridad como las sillitas infantiles sube. Desde mañana pasará de tres a cuatro el número de puntos que se perderán como consecuencia de esta actitud imprudente.
Los conductores tendrán que poner mucha más atención a la hora de adelantar a ciclistas. Poner en riesgo, entorpeciendo o adelantando a ciclistas en una carretera sin mantener la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros será castigado con la detracción de seis puntos.
Se unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos siempre que no se hayan perdido todos. En este último caso, habrá que pasar por un curso de recuperación.
Con estos dispositivos sucederá algo parecido al uso del teléfono móvil. La DGT va a penalizar simplemente el hecho de llevar instalado en el coche cualquier mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque no lo estemos usando.
Esta conducta pasará a estar castigada con la detracción de tres puntos del carnet.
La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial aumenta la gravedad de algunas infracciones que hasta ahora tenían menor consideración, lo que significa que la cuantía económica de la multa se incrementará.
Así, a partir de ahora se considerará infracciones muy graves, es decir, con una multa de 500 euros, las siguen tes:
Se considerarán infracciones graves, con 200 euros de multa, las siguientes conductas:
Y, por último, pasan a ser infracciones leves, con hasta 100 euros de multa, estas acciones:
Esta ha sido una de las medidas más polémicas introducidas en la nueva Ley de Tráfico, como se ha comprobado en el proceso de tramitación de los cambios. Desde ahora se elimina la posibilidad de superar en 20 km/h el límite en carretera convencional (las de un solo carril por sentido de circulación) cuando se adelanta, una excepción vigente desde hace décadas.
Los defensores de esta medida (DGT, asociaciones de víctimas y expertos) la defienden argumentando que "la velocidad mata". Sus detractores consideran (clubes y asociaciones de automovilistas) consideran que los adelantamientos serán mucho más peligrosos ya que se tardaría el triple de tiempo y se recorrerán hasta 120 metros más al rebasar a un camión.
Otra importante consecuencia de la eliminación de ese margen es que ya no se dará pie a que se presenten recursos por multas impuestas por radares de tramo.
Los vehículos de movilidad personal (VMP) han sido objeto de especial atención en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Desde ahora, obliga a que los usuarios de estos vehículos lleven casco, saca los patinetes de las aceras y demás zonas peatonales, y establece que los VMP no sólo no tienen preferencia en los pasos de peatones -algo ya regulado-, sino tampoco en las aceras y zonas peatonales.
Otra norma muy comentada ha sido la que obliga a los conductores de coches a cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido para las maniobras de adelantamiento de ciclistas. En lo que afecta propiamente a los usuarios de bicicleta se establece que ahora puedan ir por el centro de las vías urbanas por motivos de seguridad. Finalmente, los motoristas podrán llevar intercomunicadores integrados en los cascos, una antigua petición de este colectivo.
En el ámbito del alcohol y las drogas la renovada norma abre la puerta a regular los controles a conductores profesionales. Pero lo que más ha llamado la atención es la posibilidad de que los los alcoholímetros antiarranque sean obligatorios en vehículos de transporte de mercancías (no en los autocares y autobuses) desde el 6 de julio de 2022.
Otra novedad importante radica en que los menores de edad tendrán una tasa cero de alcohol como conductores de cualquier vehículo (motos, bicis o patinetes).
La Ley establece un marco para que se definan y regulen los cursos de conducción segura, que ofrecerán dos puntos si se aprueban.
Finalmente, la reforma de la Ley de Tráfico permitirá la formación online en los cursos de concienciación y sensibilización, pero no las clases teóricas para obtener el carnet de conducir, que seguirán impartiéndose únicamente en autoescuelas físicas. Asimismo, queda abierta la puerta para que se introduzcan en el futuro un mínimo de clases presenciales para poder presentarse al teórico del carnet.
Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones (ZBE). La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes, o a los de más de 20.000 con graves problemas de contaminación, a establecer ZBE antes del 1 enero de 2023.
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