Al volante, muchos conductores cometen ciertos actos inconscientes que pueden suponer una multa. Recopilamos, a nuestro juicio, las sanciones más tontas e inesperadas cuando conduces.
La gran mayoría de conductores conoce a grandes rasgos cuáles son las normas de circulación referentes a los límites de velocidad, a los semáforos, señales de stop y ceda el paso, señales de restricción en determinadas zonas de aparcamiento… Si se incumplen todas esas normas, los automovilistas son conscientes que sus actos indebidos estarán castigados con las correspondientes multas. Sin embargo, hay otras muchas acciones inconscientes y, en muchos casos, desconocidas que también pueden suponer una sanción cuando estás al volante de un vehículo.
Dada la gran variedad y número de acciones inesperadas, recopilamos para ti las que son a nuestro juicio las multas de tráfico más tontas y absurdas que te pueden poner.
El Reglamento General de Circulación (RGC) establece que quedará terminantemente prohibido el uso de señales acústicas (el claxon del vehículo) sin causa justificada. Asimismo, el claxon tampoco se podrá activar en los lugares donde esté colocada la señal de tráfico R-319 (una bocina sobre un fondo blanco y bordeado de color rojo), una señal muy habitual en zonas específicas como los hospitales.
La propia DGT suele explicar de forma frecuente en qué casos sí está permitido el uso del claxon, en situaciones como éstas: antes de adelantar a un vehículo de 2 ruedas en un paso a nivel o cerca de éste, cuando trates de evitar un accidente o en vías estrechas con muchas curvas. Dichas situaciones las recordó la propia DGT en su cuenta oficial de Twitter.
En el caso de que uses el claxon en situaciones diferentes a las descritas antes, podrás ser multado con hasta 80 euros. Una de las acciones más habituales de uso indebido del claxon se produce un conductor avisa al vehículo de delante de que el semáforo se ha puesto en verde.
Muchos conductores de forma inconsciente consideran que “da un poco igual” cómo vaya colocado el equipaje en el maletero. Por razones de seguridad y, también, por cuestiones de consumo del vehículo, llevar el equipaje en el maletero de forma correcta y organizada es vital.
El Reglamento General de Circulación en su artículo 14 explica lo siguiente: la carga no debe comprometer la estabilidad del vehículo y estar sujeta de tal forma que no pueda “arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa". Si un agente considera que hay un peligro más que evidente, el conductor podrá ser sancionado con 500 euros y hasta 4 puntos menos en el carné.
Algunas de las siguientes multas no están recogidas como tal en la Ley, sino que se aplican en virtud a lo que dice el Reglamento de Circulación y que obligan al conductor, entre otras cosas, a estar “en condiciones de controlar sus vehículos", a “mantener su propia libertad de movimientos, campo de visión y la atención permanente en la conducción" y a “cuidar la posición adecuada y la del resto de pasajeros". La interpretación que haga o no haga de la situación el agente de la Guardia Civil o de la Policía Local decidirá si hay o no sanción.
Estas sanciones tontas, muy típicas del verano, son las siguientes:
Cuando te acerques a una gasolinera para repostar, podrás ser multado con 200 euros si no apagas el motor, las luces o la radio en el momento del propio repostaje. También te podrán retirar tres punto en tu carné.
El Código de Circulación indica la necesidad y la obligatoriedad de llevar unas gafas de repuesto en los casos en los que los conductores las necesiten para poder ponerse al volante. Esta obligación aparece reflejada en el reverso del permiso de conducir (código 01 para gafas y 02 para lentes de contacto), así que un agente lo puede comprobar de un vistazo. Incumplir esta norma (establecida en el artículo 3 del reglamento) se considera infracción grave y se castiga con 200 euros de multa.
El Reglamento General de Circulación indica que un vehículo no puede circular con los cristales, los faros y la matrícula sucios ni rotos (si la carrocería puede desprenderse o tiene alguna arista cortante, el coche, además, no pasaría la ITV). Si se conduce con una capa de suciedad que dificulta nuestra visibilidad, la sanción por llevar dichos elementos del vehículo sucios puede alcanzar los 200 euros sin pérdida de puntos.
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Fuente de la noticia: autopista